En esta oportunidad quiero conversar acerca de una situación recurrente que se observa en el ámbito laboral, que es la discriminación en casos de Epilepsia. En China e India, la epilepsia es considerada a menudo como motivo para prohibir o anular el matrimonio. En el Reino Unido, la ley que permitía la nulidad del matrimonio por epilepsia no se enmendó hasta 1971. Si bien ha habido un progreso social respecto a la visión que tiene esta población, aún hay mucho por avanzar.
La Ley de Inclusión laboral prohíbe todo tipo de discriminación basado en la discapacidad, cualquiera sea esta. El día de hoy quiero centrarme en la discriminación laboral a la que se ven expuestas las personas con diagnóstico de Epilepsia. Muchas de ellas optan por ocultar su diagnóstico para no perder la oportunidad de obtener un empleo. Pero ¿por qué sucede esto? ¿Las personas deben ocultar su diagnóstico?.
Se cree que las personas con Epilepsia tienen mayor riesgo de accidentes y lesiones en un ambiente laboral, lo que da como resultado la discriminación y dificultad para acceder al empleo. Sin embargo, según cifras publicadas por Clínica Las Condes, el 70% de las personas con epilepsia, están libres de crisis tomando la medicación adecuada. Por otro lado, La OMS también señala que las personas con este diagnóstico responden al tratamiento en aproximadamente un 70% de los casos. Por tanto, son personas que mantienen sus habilidades físicas y cognitivas como para poder llevar a cabo un trabajo remunerado, estas personas no cuentan con incapacidad.
La incapacidad laboral se define como un desequilibrio entre las capacidades funcionales y los requerimientos de un puesto de trabajo, pudiendo ser transitorio (IT) o permanente (IP). Por tanto, no se debe calificar a una persona como incapacitado solo por el hecho de poseer un diagnóstico, sino que debe darse la condición que dicha alteración impida el desempeño en el puesto de trabajo. Sin embargo es importante poder identificar el tipo de crisis, edad de la persona, recurrencias de las convulsiones, factores de riesgo que pueden desencadenar una crisis, etc. y con ello poder tomar las medidas necesaria para evitar riesgos laborales derivados de estas.
Para esto resulta determinante realizar un APT (Análisis de Puesto de Trabajo) y un perfil Laboral del trabajador, de manera de poder contrastar aquellas demandas del cargo con las potencialidades y/o debilidades que pueda presentar el trabajador para un cargo en particular.
La Comisión de Empleo de la Oficina Internacional de Epilepsia (International Bureau for Epilepsy) ha elaborado unos principios de buena práctica para favorecer las posibilidades de empleo de las personas con epilepsia en cualquier país del mundo, a continuación destaco algunas de ellas vinculadas al empleo:
- En la mayoría las crisis pueden controlarse totalmente con tratamiento apropiado, generalmente fármacos. Sólo una minoría continúa padeciendo crisis.
- Ni el diagnóstico de epilepsia ni la persistencia de las crisis debería descalificar a una persona para realizar un trabajo remunerado.
- En la minoría de los casos, en que son necesarias restricciones para tipos particulares de empleos, tales decisiones deben tomarse mediante valoraciones justas e individualizadas, tanto de la demanda del trabajo elegido como de la persona con epilepsia involucrada. De otro modo, tales restricciones son discriminatorias.
- En el proceso de elección y contratación, las personas con epilepsia deben disfrutar de los mismos derechos que otros trabajadores.
Una encuesta realizada en Reino Unido puso cifras sobre estas cuestiones y resultó que a una de cada cuatro personas le preocuparía que su compañero de trabajo padeciera epilepsia. Y el 76 por ciento aseguró que no sabría cómo actuar ni que había recibido formación al respecto. En mi quehacer profesional he podido evidenciar, que gran porcentaje de discriminación o estigmatización hacia las personas con discapacidad, está basada en el desconocimiento, se teme a lo que no se conoce. Por esto, es muy importante que organizaciones como nosotros podamos intruir e informar a la población y apuntar por cierto a las grandes empresas, de manera de crear conciencia y promover el acceso e igualdad de oportunidades de estas personas. Si quieres saber que hacer durante una crisis convulsiva, revisa el siguiente vínculo creado por La Liga Chilena contra la Epilepsia https://www.ligaepilepsia.cl/epilepsias/como-enfrentar-una-crisis.
Finalmente es importante considerar que la epilepsia es una enfermedad neurológica que no incapacita a la persona para poder desarrollarse personal y laboralmente. Es nuestra misión ser intermediarios y brindar la información necesaria para que las empresas cuenten con las herramientas apropiadas para enfrentarse a procesos de inclusión, de esta o cualquier otra discapacidad, todos podemos ser agentes de cambio y trabajar por brindar oportunidades y disminuir las brechas en el acceso laboral a las personas con discapacidad de nuestro país.
Linkografias
· Organización Mundial de la Salud https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/epilepsy
· Liga Internacional de la Epilepsia https://www.ilae.org/files/ilaeGuideline/Spanish-Traduccion-Fisher-Seizure-types.pdf
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